¿Cuál es la documentación contable que debe llevar mi OSC?

Sabías que llevar la contabilidad de una OSC en forma regular y organizada es un aspecto básico de su gestión, a la vez que imprescindible? Más teniendo en consideración que, a fin de alentar el aporte de terceros o la posibilidad de cerrar convenios, en este tipo de entidades resulta clave mantener la transparencia de las operaciones y un estricto control y seguimiento de los ingresos y egresos.
Por eso, es que desde #PROBO te damos un par de tips que debes tener siempre en cuenta Los registros de las operaciones deben llevarse en forma regular y, dentro de lo posible, las operaciones de fondos deben estar registradas íntegramente antes de finalizar el día.
La totalidad de operaciones contables deben estar respaldadas por comprobantes suficientes y con validez fiscal. Tanto los fondos que ingresan a la entidad como así también los que egresan, deben contar con su correspondiente respaldo documental (facturas, recibos, tickets, comprobantes de movimientos bancarios, según el caso).
Distinguir y definir cuál es el tipo comprobante válido según el tipo de operación realizada también es fundamental, como así también cerciorarse de que dichos comprobantes tengan la mayor cantidad de información posible y que los datos que contengan sean suficientes para individualizar la operación.
Dichos comprobantes deben ser llevados al día y de la forma más ordenada posible, preferentemente respetando su orden cronológico.
Recordá, asimismo, que la organización debe llevar en forma obligatoria dos libros contables: 1.- el Libro Diario y 2.- el Libro Inventario y Balances (a más de los otros libros que decidiera llevar la entidad, como ser el Libro Caja) y que no alcanza con darlos de alta sino que deben estar completos y actualizados (No te olvides tampoco que, desde junio del año pasado, en Córdoba ambos libros se llevan en formato digital).
Por último y no por eso menos importante, tené en cuenta que en forma anual y al cierre de su ejercicio económico, tu organización debe confeccionar y aprobar su Balance General y que el mismo debe contar con un Informe de Contador matriculado. Dicha aprobación de Balance, debe ser posteriormente inscripta ante la autoridad de control (en el caso de Córdoba, la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas).
Cualquier duda, consultanos! Podés mandarnos whatsapp o llamarnos al 3512429512 o enviarnos un mail a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
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