Tu organización posee Certificado de Exención expedido por AFIP?
Recorda: Las fundaciones y asociaciones civiles exentas cuentan con los siguientes beneficios: ☑️ No ingresarán el impuesto a las ganancias. ☑️No sufren retenciones y/o percepciones en el impuesto a las ganancias. ☑️ No sufren retenciones y/o percepciones en el impuesto al valor agregado. ☑️ Los terceros que realicen donaciones a favor de las mismas, podrán computarlas como deducción en la determinación del impuesto a las ganancias. ☑️ Estarán alcanzadas por las alícuotas reducidas o exentas del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, de acuerdo con lo previsto en la normativa legal aplicable.
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