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Atención FUNDACIONES Y ASOCIACIONES CIVILES CORDOBESAS! INFO DE INTERÉS sobre Asambleas y Reuniones PRESENCIALES!

📢📢 Atención FUNDACIONES Y ASOCIACIONES CIVILES CORDOBESAS! 
 
Te acercamos las últimas #novedades vinculadas a la admisión de reuniones y asambleas PRESENCIALES por parte de IPJ, en virtud de los últimas disposiciones emitidas por el Gobierno Nacional y Provincial. Toma nota! 
 
Ojo! Tené en cuenta que esto siempre estará sujeto a las disposiciones vigentes a nivel nacional y provincial 🖐️
 
Se admitirá la realización de este tipo de reuniones y asambleas cuando:
 
1️⃣ Se realice en espacios CERRADOS y la cantidad de personas con derecho a participar sea igual o menor a DIEZ (Recordá que no hablamos de las personas que efectivamente participen, sino las que tienen derecho a hacerlo); se cumpla con todos los protocolos y medidas establecidas en el Decreto Nacional N° 956/2020 y se deje constancia expresa de dicha circunstancia en acta-
 
2️⃣ Se realice en espacios ABIERTOS y la cantidad de personas con derecho a asistir y participar sea igual o menor a VIENTE (con las mismas aclaraciones dadas en el punto anterior); se cumpla con todos los protocolos y medidas establecidas en el Dec. Nac. N° 956/2020 y se deje constancia expresa de dicha circunstancia en acta.
 
⚠️ Tené en cuenta que en estos casos, la realización de reuniones y/o asambleas presenciales es FACULTATIVO y no obligatorio. Y que mientras el Estatuto no lo prohíba, la entidad podrá seguir optando por realizar las mismas bajo la modalidad A DISTANCIA cumplimentando lo exigido en la RG 25/2020. De hecho y dado el contexto sanitario, es esta la opción más recomendable 👍
 
Ojo! En caso de exceder el número de 10 o 20 (según el caso) de personas con derecho a participar y no contar con la autorización expresa del COE local, deberá acudirse a la modalidad A DISTANCIA.
 
Dudas o consultas? Escribinos en comentarios! 💬