Escrito por Probo el . Publicado en Blog.

Cuáles son los Libros Obligatorios que debe llevar tu Fundación?

Las FUNDACIONES deben llevar obligatoriamente los siguientes libros:

➡️ Libro de Actas de Reuniones del Consejo de Administración / Actas de Comisión Revisora de Cuentas (en caso de contar con este órgano) : En el que se insertarán las actas correspondientes a las reuniones ordinarias y extraordinarias. En el caso del libro de Actas de Reuniones del Consejo de Administración deben transcribirse, en primer término, el acta constitutiva y el estatuto social.

➡️ Registro de Miembros: En el que se anotará la nómina de estos, categoría, fecha de ingreso, cuotas pagadas, sanciones y fecha de retiro o cesación como asociado, con indicación de la causa.

➡️ Inventarios y Balances. En el que se transcribirá la descripción exacta, completa y detallada del activo y del pasivo de la entidad, correspondiente a los sucesivos ejercicios anuales, los estados contables completos, conteniendo el detalle de cada rubro y el inventario de todos los bienes y deudas que lo componen, debiendo incluirse en la transcripción la Memoria y los informes que sobre los estados contables hubieran emitido la Comisión Revisora de Cuentas y el auditor interviniente.

➡️ Diario. En el que se registrarán todas las operaciones del ente, sus ingresos y egresos de fondos y demás operaciones que se efectúen y tengan efecto sobre su patrimonio, indicando en cada caso el concepto de entrada y salida, detallando el comprobante o documento respaldatorio que origina cada asiento y los asientos mensuales de carácter global de libros auxiliares.

Qué sin perjuicio de los libros obligatorios, cada Fundación podrá utilizar los libros que estime necesarios para una adecuada integración de un sistema de contabilidad acorde a la importancia y naturaleza de sus actividades y su adecuada administración y control.

Los libros y la documentación deberán hallarse en la sede de la entidad, donde los asociados e integrantes de los órganos sociales tendrán libre acceso a los mismos.
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