Acerca de las REFORMAS ESTATUTARIAS en Asociaciones Civiles y Fundaciones

Tema súper interesante el que les traemos hoy en nuestro #proboteresponde: ¿Cuáles son los recaudos que deben tomarse para reformar el Estatuto de una Asociación Civil / Fundación?
¡Vamos por parte! Primero, unifiquemos conceptos. Cuando hablamos de reformas estatutarias hacemos referencia a aquellas modificaciones que se introducen a los estatutos de una entidad, sea de forma total o parcial. Recordemos que las organizaciones son instituciones vivas, no estáticas que van mutando con el correr del tiempo. Los estatutos, por su parte, deben acompañar dichos mutaciones, adaptándose a la realidad actual y a las necesidades de la organización y sus cambios.
Segundo. No existen fórmulas predefinidas a la hora de decidir una reforma ni al momento de determinar su contenido y alcances.
Definir cuándo y qué reformar es CLAVE y requiere un análisis profundo y pormenorizado de la situación actual de la entidad y sus perspectivas a futuro, como así también el conocimiento del marco legal aplicable (saber qué puede ser objeto de reforma y qué no según el tipo social, por ejemplo) y de las implicancias que podría generar dicha reforma en otros aspectos de la entidad (contables, administrativos, impositivos, etc). El análisis debe ser integral, interdisciplinario y viendo a la organización como un todo.
Ahora bien, al reformar te sugerimos tener en mira lo siguiente:
1.- Simplificar la gestión y el funcionamiento interno de la entidad (im-por-tan-tí-si-mo!).
2.- Adaptar la misma a los tiempos que corren (con una visión abarcativa).
3.- Incorporar la virtualidad.
4.- Acompañar los cambios que se hubieran ido produciendo en la práctica de la organización.
Tercero. En cuanto al procedimiento a seguir, la reforma deberá ser decidida y aprobada mediante Asamblea o Reunión Extraordinaria (según el tipo de entidad de que se trate), respetando el régimen de mayorías que estuviere establecido y demás consideraciones contempladas en el Estatuto y posteriormente inscripta ante el organismo de control (IPJ en el caso de Córdoba) para que genere efectos frente a terceros.
Por último y no por eso menos importante. Te recomendamos no improvisar ni reformar por reformar. Un Estatuto mal confeccionado puede limitar el funcionamiento de la entidad o complejizarla en exceso. Por el contrario, un buen Estatuto puede contribuir a una gestión más efectiva de la organización y facilitar la consecución de sus objetivos.
Si te quedaste con dudas, consultanos al 3512429512 o al mail Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
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